Acción de Inconstitucionalidad

Tal como a la letra lo dice nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 105 fracción II, el objetivo de los Juicios de Control de Constitucionalidad es justamente revisar que las normas jurídicas secundarias y los actos de las autoridades respeten la Constitución y no se contrapongan a ésta.



Este procedimiento puede llamarse “control abstracto”, pues no es necesario probar que la norma reclamada ha producido un daño específico, sino que basta argumentar hipotéticamente y de manera abstracta cuál es la afectación que su vigencia provoca a uno o más artículos de la Constitución federal.


http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_150917.pdf

https://image.slidesharecdn.com/ultimodeconsti-130712000436-phpapp01/95/garantias-constitucionales-6-638.jpg?cb=1373587542

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