División de Poderes Estatales o Locales:
Es importante destacar, que cada uno de esto Poderes Estatales o Locales, tienen autonomía propia y se rigen bajo sus propias leyes, sin embargo no pueden dejar de observarse la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las Leyes Federales, los Tratados Internacionales con los que nuestro país forma parte, así como tampoco se puede contravenir a ninguna de estas.
En mis próximos blogs, estaremos dando cuenta de cada uno de ellos y como funcionan de forma local.
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/cpeum.htm
https://www.congresociudadanojalisco.mx/ejecutivo-legislativo-y-judicial-los-tres-poderes-politicos-en-mexico/

Comentarios
Publicar un comentario